Japonés スペイン語

法源(ほうげん)

法の存在形式を法源という。法の形式としては、成文法と不文法に大別される。

成文法とは、一定の手続に従って制定され、文書として存在する法である。成文法は、原則的に公布(*)と施行(*)の手順を踏み、文章としてその内容は「〜法 第〜条 第〜項」というように、具体的に知ることが出来る。

現在はほとんどの国で成文法主義を採用しており、日本も憲法、民法、刑法などが成文法である。

不文法とは、成文法以外の一切の法をいう。文章として成り立ってないものの、法として人を拘束するのである。

種類として慣習、条理、判例なとがある。

立法機関は、社会の紛争を解決出来るよう随時新たな法を制定したり、既存の法を変更するが、技術的成長が著しく多様化した現代社会においては、成文法では埋められない部分もあり、成文法を補充したり、調整するために不文法が活用されることも少なくないといえる。

* 公布(こうふ) :成立した法の内容を広く知らせ、官報などに掲載すること。

* 施行(しこう、せこう) : 成立した法の効力が現実に発生すること。法律の場合、特に施行日が定められてない場合は公布の日から起算して20日を経過した日が施行日となり、条例の場合は10日である。

Cf. 参照

Fuentes del Derecho

A las formas en que existe el Derecho las denominamos fuentes del Derecho, que podremos dividir en dos grandes grupos: El Derecho escrito y el Derecho no escrito.

El Derecho escrito es aquel que, tras ser establecido siguiendo un procedimiento determinado, existe como texto escrito. El Derecho escrito como norma debe ser promulgado (*) para luego entrar en vigor (*) y su contenido queda detallado en un texto que puede conocerse de manera concreta. (Ej. Ley 〜, Artículo Número 〜, Cláusula Número 〜.)

En el presente, la mayoría de los países adoptan el principio de Derecho escrito y en Japón las leyes como la Constitución, el Código Civil o el Código Penal son Derecho escrito.

El Derecho no escrito es aquel Derecho que no es Derecho escrito y que, a pesar de no haber sido constituido como texto, es aplicado como Derecho a los individuos.

La costumbre, la razón (naturalis ratio) y la jurisprudencia son Derecho no escrito.

Los órganos legislativos puntualmente establecen nuevas leyes al mismo tiempo que modifican la ley existente para solucionar los distintos conflictos sociales, sin embargo en esta sociedad moderna en constante desarrollo y tan variada, existen lagunas que el Derecho escrito no consigue abarcar y no son pocos los casos en que es usado el Derecho no escrito para complementar o para ajustar el Derecho escrito.

* Promulgación (Kofu en japonés) : Dar conocimiento público de la ley establecida y la publicación de su contenido en el Boletín del Estado.

* Entrada en vigor (Shikou, o Sekou en japonés) : Momento en que la ley establecida es realmente efectiva. En el caso de las leyes en que no haya sido especificada la fecha de entrada en vigor esta será a los 20 días a partir de la promulgación y 10 días en el caso de los reglamentos municipales.

Cf. 参照