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指針「婚姻の尊厳」 スペイン語原文は 教皇庁ホームページをご確認ください。 和文は日本カトリック教会行政法制委員会訳『婚姻の尊厳(DIGNITAS CONNUBII)羅和対訳』をご確認ください。 指針「婚姻の尊厳」第158条 第158条 (1)却下された証拠を認めるよう当事者が主張する場合、合議制裁判官団は早急にこれを審判する。(教会法1527条2項参照) (2)聴取官は、本指針第50条3項の規定に従って任務遂行している間に生じた、証拠を認めるか否かの問題だけを決定できる。 - 参照 – ☞ 教会法1527条 1527条 ※この投稿は通訳士の翻訳ワークショップの資料の共有を目的とする。カトリック教会の婚姻法を学ぶために、スペイン語は iuscanonicum.orgのホームページ をご確認ください。日本語はT.オーブォンク著『婚姻に対する司牧 あなたに愛と忠誠を』をご確認の上ワークショップにご参加頂くようお願いしております。 |
Instrucción “DIGNITAS CONNUBII” Fuente en español consultar texto íntegro de la instrucción en la web de la Santa Sede, para el texto el japonés utilizamos la traducción de la Conferencia Episcopal japonesa . Instrucción “DIGNITAS CONNUBII” Art.158 Art. 158 § 1. Si una parte insiste en que se admita una prueba rechazada, el mismo colegio ha de decidir la cuestión con la mayor rapidez posible (cf. c. 1527 § 2). § 2. De acuerdo con el art. 50 § 3, si surgiera una cuestión sobre la admisión de una prueba, el auditor podrá decidir sólo provisionalmente – Referencias – ☞ C. 1527 C1527 ※ Esta publicación está destinada a los participantes de nuestros talleres de traducción y tiene como objeto poner a su disposición el material de trabajo. Para el estudio del Derecho Matrimonial de la Iglesia Católica en español recomendamos se consulte la web iuscanonicum.org. En japonés recomendamos se estudie con el libro “Anata ni ai to chūjitsu o(あなたに愛と忠誠を)” de Tadeusz Oblak, S.J. para una fructífera participación en el presente taller de traducción. |
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