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指針「婚姻の尊厳」
教皇庁法文評議会
教区裁判所及び諸教区合同裁判所が婚姻無効訴訟を扱う際に尊守すべき指針

スペイン語原文は 教皇庁ホームページをご確認ください。 和文は日本カトリック教会行政法制委員会訳『婚姻の尊厳(DIGNITAS CONNUBII)羅和対訳』をご確認ください。

指針「婚姻の尊厳」第116条 

第116条

(1)訴訟を提起する訴状は次の要件を備えなければならない。
1.どの裁判所に訴訟を提起するかを示すこと。
2.訴訟の対象を限定すること。つまり対象となる婚姻を示し、無効宣言を請求し、専門用語ではなくとも、申し立ての理由、つまり、婚姻を訴える無効項目を提示すること。
3.申立人が訴えている事柄の根拠となる事実及び証拠を少なくとも概略で示すこと。
4.申立人又はその訴訟代理人の署名、年月日及び申立人又は訴訟代理人の住所、あるいは訴訟記録の通知を受けるまで滞在する場所を示すこと。
5.他方配偶者の住所又は準住所を示すこと。(教会法第1504条参照)

(2)訴状には婚姻挙式の真正な謄本を添付し、必要な場合、当事者双方の国家法上の身分についての公文書を添付する。

(3)請願を提出する段階においては、鑑定人の報告を求めてはならない。

- 参照 –

☞ 教会法第1504条

1504条
争訟が導入される訴状には,次の事項すなわち,
1.訴訟を提起される裁判官,請求の趣旨及び請求の相手方を表明しなければならない。
2.原告がいかなる権利によっているか及び少なくとも一般的に,自己の主張を裏付けるどのような事実と証拠があるかを表示しなければならない。
3.原告又はその代理人による署名,年月日,及びその住所又は裁判書類送達の場所を記載しなければならない。
4.被告の住所又は準住所を表示しなければならない。

キリスト教入門について

※この投稿は通訳士の翻訳ワークショップの資料の共有を目的とする。カトリック教会の婚姻法を学ぶために、スペイン語は iuscanonicum.orgのホームページ をご確認ください。日本語はT.オーブォンク著『婚姻に対する司牧 あなたに愛と忠誠を』をご確認の上ワークショップにご参加頂くようお願いしております。

Instrucción “DIGNITAS CONNUBII”
Pontificio Consejo para los Textos Legislativos
Instrucción que deben observar los Tribunales Diocesanos e Interdiocesanos al tratar las causas de Nulidad del Matrimonio

Fuente en español consultar texto íntegro de la instrucción en la web de la Santa Sede, para el texto el japonés utilizamos la traducción de la Conferencia Episcopal japonesa .

Instrucción “DIGNITAS CONNUBII” Art.116

Art. 116

§ 1. El escrito de demanda debe:

1.o expresar ante qué tribunal se introduce la causa;

2.o delimitar el objeto de la causa, es decir, determinar el matrimonio de que se trata; formular la petición de declaración de nulidad; proponer, aunque no necesariamente con términos técnicos, la razón de la demanda, es decir, el capítulo o capítulos de nulidad por los cuales se impugna el matrimonio;

3.o indicar, al menos de modo general, en qué hechos y pruebas se basa el actor para demostrar lo que afirma;

4.o estar firmado por el actor o por su procurador, con indicación del día, mes y año, así como también del lugar donde habitan o donde digan residir a efectos de recibir comunicaciones;

5.o indicar el domicilio o cuasidomicilio del otro cónyuge (cf. c. 1504).

§ 2. A la demanda debe acompañar una certificación auténtica de la celebración del matrimonio, y si el caso lo requiere, el documento sobre el estado civil de las partes.

§ 3. No se pueden exigir dictámenes periciales en el acto de la presentación de la demanda.

– Referencias –

☞ c. 1504

C1504
El escrito de demanda debe:
1º. especificar ante qué juez se introduce la causa, qué se pide y contra quién;
2º. indicar en qué derecho se funda el actor y, al menos de modo general, en qué hechos y pruebas se apoya para demostrar lo que afirma;
3º. estar firmado por el actor o por su procurador, con indicación del día, mes y año, así como también del lugar donde habitan o dijeren tener su residencia a efectos de recibir documentos;
4º. indicar el domicilio o cuasidomicilio del demandado.

Finalidad de este apartado

※ Esta publicación está destinada a los participantes de nuestros talleres de traducción y tiene como objeto poner a su disposición el material de trabajo. Para el estudio del Derecho Matrimonial de la Iglesia Católica en español recomendamos se consulte la web iuscanonicum.org. En japonés recomendamos se estudie con el libro “Anata ni ai to chūjitsu o(あなたに愛と忠誠を)” de Tadeusz Oblak, S.J. para una fructífera participación en el presente taller de traducción.