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指針「婚姻の尊厳」 スペイン語原文は 教皇庁ホームページをご確認ください。 和文は日本カトリック教会行政法制委員会訳『婚姻の尊厳(DIGNITAS CONNUBII)羅和対訳』をご確認ください。 指針「婚姻の尊厳」第98条 第98条 国家当局が選任した保佐人の存する場合、教会裁判官は、可能ならば保佐人が付された本人の教区司教の意見を聴いた上で、これを認容することができる。但し、そのような保佐人がいないか、或いは認めるべきでないと判断するなら、裁判官自身がその訴訟のための保佐人を指名する。(教会法第1479条参照) - 参照 – ☞ 教会法第1479条 1479条 ※この投稿は通訳士の翻訳ワークショップの資料の共有を目的とする。カトリック教会の婚姻法を学ぶために、スペイン語は iuscanonicum.orgのホームページ をご確認ください。日本語はT.オーブォンク著『婚姻に対する司牧 あなたに愛と忠誠を』をご確認の上ワークショップにご参加頂くようお願いしております。 |
Instrucción “DIGNITAS CONNUBII” Fuente en español consultar texto íntegro de la instrucción en la web de la Santa Sede, para el texto el japonés utilizamos la traducción de la Conferencia Episcopal japonesa . Instrucción “DIGNITAS CONNUBII” Art.98 Art. 98 Cuando haya un curador ya nombrado por la autoridad civil, puede ser admitido por el juez eclesiástico, después de oír, si es posible, al Obispo diocesano de aquél a quien se le dio; pero si no está nombrado o si se considera que no debe ser admitido, el juez designará un curador para la causa (cf. c. 1479). – Referencias – ☞ c.1479 C1479 ※ Esta publicación está destinada a los participantes de nuestros talleres de traducción y tiene como objeto poner a su disposición el material de trabajo. Para el estudio del Derecho Matrimonial de la Iglesia Católica en español recomendamos se consulte la web iuscanonicum.org. En japonés recomendamos se estudie con el libro “Anata ni ai to chūjitsu o(あなたに愛と忠誠を)” de Tadeusz Oblak, S.J. para una fructífera participación en el presente taller de traducción. |
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