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アルゼンチン民法第206条

アルゼンチン共和国民法
(1869年9月25日法律第340号)
第1編第2章第1節「婚姻」
原文は こちら

第10款 別居の効力

第206条 別居審判が確定した場合、各配偶者は各自の住所を自由に定めることが出来るものとし、その管理下に夫婦の子がいる場合は親権に関する規定を準用する。

子が五(5)歳以下の場合は母が親権を有するものとする、但し子の利益が害される重大な事実がある場合はこの限りでない。同性配偶者による夫婦の場合であって、婚姻当事者間に協議がない場合、裁判官は未成年の利益を考慮して決定する。当該年齢を超える子については、婚姻当事者間に協議がない場合、裁判官が適当と認める婚姻当事者の親権に付すものとする。なお、両親は別居後もその子に対する義務等を引き続き負うものとする。

(官報2010年7月22日 法律 26618号 第4条により改正)

外国法入門について

Código Civil Argentino Art. 206

Código Civil de la República Argentína
(Ley Nº 340 de 25 de septiembre de 1869)
Libro primero, Sección segunda, Título 1: Del matrimonio
Fuente aquí

CAPITULO X: De los efectos de la separación personal

Art. 206. Separados por sentencia firme, cada uno de los cónyuges podrá fijar libremente su domicilio o residencia. Si tuviese hijos de ambos a su cargo, se aplicarán las disposiciones relativas al régimen de patria potestad.

Los hijos menores de CINCO (5) años quedarán a cargo de la madre, salvo causas graves que afecten el interés del menor. En casos de matrimonios constituidos por ambos cónyuges del mismo sexo, a falta de acuerdo, el juez resolverá teniendo en cuenta el interés del menor. Los mayores de esa edad, a falta de acuerdo de los cónyuges, quedarán a cargo de aquel a quien el juez considere más idóneo. Los progenitores continuarán sujetos a todas las cargas y obligaciones respecto de sus hijos.

(Artículo sustituido por art. 4° de la Ley Nº 26.618 B.O. 22/7/2010).

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