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指針「婚姻の尊厳」
教皇庁法文評議会
教区裁判所及び諸教区合同裁判所が婚姻無効訴訟を扱う際に尊守すべき指針

スペイン語原文は 教皇庁ホームページをご確認ください。 和文は日本カトリック教会行政法制委員会訳『婚姻の尊厳(DIGNITAS CONNUBII)羅和対訳』をご確認ください。

指針「婚姻の尊厳」第272条 

第272条

判決は次の場合、無効となるが救済可能である。

1.本指針第30条の規定に反して、適法でない数の裁判官たちによって判決が下された場合。

2.判定の理由すなわち理由を述べていない場合。

3.法定の署名を欠く場合。

4.宣告された年月日及び場所を示さない場合。

5.有効化されていない無効の訴訟行為に基づいている場合。

6.本指針第139条2項の規定により、適法に不出頭であった当事者に対して判決が下された場合。(教会法第1622条参照)

- 参照 –

☞ 教会法第1622条

1622条
判決は次の場合,救済可能の無効の瑕疵を有する。
1.第1425条第1項の規定に反する数の裁判官によって言い渡された場合。
2.判決の事由すなわち理由を欠く場合。
3.法定の署名を欠く場合。
4.宣告された年月日及び場所を付記しない場合。
5.第1619条に従って有効化されなかった無効の訴訟行為に基づいている場合。
6.第1593条第2項により適法な障害によって不在の当事者に対して言い渡された場合。

キリスト教入門について

※この投稿は通訳士の翻訳ワークショップの資料の共有を目的とする。カトリック教会の婚姻法を学ぶために、スペイン語は iuscanonicum.orgのホームページ をご確認ください。日本語はT.オーブォンク著『婚姻に対する司牧 あなたに愛と忠誠を』をご確認の上ワークショップにご参加頂くようお願いしております。

Instrucción “DIGNITAS CONNUBII”
Pontificio Consejo para los Textos Legislativos
Instrucción que deben observar los Tribunales Diocesanos e Interdiocesanos al tratar las causas de Nulidad del Matrimonio

Fuente en español consultar texto íntegro de la instrucción en la web de la Santa Sede, para el texto el japonés utilizamos la traducción de la Conferencia Episcopal japonesa .

Instrucción “DIGNITAS CONNUBII” Art.272

Art. 272

La sentencia adolece de vicio de nulidad sanable exclusivamente si:

1.o ha sido dictada por un número no legítimo de jueces, contra lo que prescribe el art. 30;

2.o no contiene los motivos o razones de la decisión;

3.o carece de las firmas prescritas por el derecho;

4.o no lleva indicación del año, mes, día y lugar en que fue dictada;

5.o se basa en un acto judicial nulo, cuya nulidad no haya quedado subsanada;

6.o fue dada contra una parte legítimamente ausente, de acuerdo con el art. 139 § 2 (cf. c. 1622).

– Referencias –

☞ c. 1622

C1622
La sentencia adolece de vicio de nulidad sanable, exclusivamente si:
1º. ha sido dada por un número no legítimo de jueces, contra lo que prescribe el can. 1425, P1;
2º. no contiene los motivos o razones de la decisión;
3º. carece de las firmas prescritas por el derecho;
4º. no lleva indicación del año, mes, día y lugar en que fue dictada;
5º. se basa en un acto judicial afectado de una nulidad que no haya quedado subsanada a tenor del can. 1619;
6º. fue dada contra una parte legítimamente ausente, de acuerdo con el can. 1593, P2.

Finalidad de este apartado

※ Esta publicación está destinada a los participantes de nuestros talleres de traducción y tiene como objeto poner a su disposición el material de trabajo. Para el estudio del Derecho Matrimonial de la Iglesia Católica en español recomendamos se consulte la web iuscanonicum.org. En japonés recomendamos se estudie con el libro “Anata ni ai to chūjitsu o(あなたに愛と忠誠を)” de Tadeusz Oblak, S.J. para una fructífera participación en el presente taller de traducción.