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指針「婚姻の尊厳」 スペイン語原文は 教皇庁ホームページをご確認ください。 和文は日本カトリック教会行政法制委員会訳『婚姻の尊厳(DIGNITAS CONNUBII)羅和対訳』をご確認ください。 指針「婚姻の尊厳」第135条 第三章:争点 第135条 (1)召喚命令書の通達から15日の期間満了後、裁判長又は主任官は、当事者の一方又は絆の保護官から争点を設定するための聴聞会を請求されない限り、10日以内に当事者の請願書と答弁書から争点を職権により設定する。(教会法第1677条2項参照) (2)当事者による請求と答弁は、訴訟提起のための訴状以外では、召喚状に対する答弁書又は裁判官の面前で行われる口頭の陳述において行うことができる。(教会法第1513条1項及び2項参照) (3)争点は、どの項目において婚姻の有効性が争われているかを確定しなければならない。(教会法第1677条3項参照) (4)裁判長又は主任官の決定書は当事者双方に通達される。当事者は既に同意したのでない限り、10日以内に合議裁判官団に決定を変更するよう抗告することができる。この案件は合議裁判官団自身の決定書によって早急に解決されなければならない。(教会法第1513条3項参照) - 参照 – ☞ 教会法第1513条 1513条 ☞ 教会法第1677条 1677条 ※この投稿は通訳士の翻訳ワークショップの資料の共有を目的とする。カトリック教会の婚姻法を学ぶために、スペイン語は iuscanonicum.orgのホームページ をご確認ください。日本語はT.オーブォンク著『婚姻に対する司牧 あなたに愛と忠誠を』をご確認の上ワークショップにご参加頂くようお願いしております。 |
Instrucción “DIGNITAS CONNUBII” Fuente en español consultar texto íntegro de la instrucción en la web de la Santa Sede, para el texto el japonés utilizamos la traducción de la Conferencia Episcopal japonesa . Instrucción “DIGNITAS CONNUBII” Art.135 Capítulo III: De la fórmula de la duda Art. 135 § 1. Transcurridos quince días desde la notificación del decreto de citación, el presidente o el ponente, a no ser que una de las partes o el defensor del vínculo hubiera solicitado una sesión para establecer la fórmula de las dudas, determinarán en el plazo de diez días, por decreto y de oficio, a partir de las peticiones y respuestas de las partes, la fórmula de la duda o de las dudas (cf. c. 1677 § 2). § 2. Las peticiones y respuestas de las partes pueden expresarse no sólo en el escrito de demanda, sino también en la respuesta a la citación o en las declaraciones orales hechas ante el juez (cf. c. 1513 §§ 1-2). § 3. La fórmula de la duda debe especificar por qué capítulo o capítulos se impugna la validez del matrimonio (cf. c. 1677 § 3). § 4. El decreto del presidente o del ponente se ha de notificar a las partes, que, si no hubieran manifestado ya su conformidad, pueden recurrir al colegio en el plazo de diez días para que sea modificado. La cuestión debe dirimirse por decreto del mismo colegio con la mayor rapidez posible (cf. c. 1513 § 3). – Referencias – ☞ c. 1513 C1513 ☞ c.1677 C1677 ※ Esta publicación está destinada a los participantes de nuestros talleres de traducción y tiene como objeto poner a su disposición el material de trabajo. Para el estudio del Derecho Matrimonial de la Iglesia Católica en español recomendamos se consulte la web iuscanonicum.org. En japonés recomendamos se estudie con el libro “Anata ni ai to chūjitsu o(あなたに愛と忠誠を)” de Tadeusz Oblak, S.J. para una fructífera participación en el presente taller de traducción. |
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