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指針「婚姻の尊厳」 スペイン語原文は 教皇庁ホームページをご確認ください。 和文は日本カトリック教会行政法制委員会訳『婚姻の尊厳(DIGNITAS CONNUBII)羅和対訳』をご確認ください。 指針「婚姻の尊厳」第107条 第107条 (1)訴訟代理人は特別の委任を受けない限り、訴え、審級又は裁判上の行為を有効に放棄すること、並びに一般に法が特別委任を必要とする事項を行うことはできない。(教会法第1485条参照) (2)終局判決の言い渡し後、上訴の権利及び義務は、委任者がそれを拒否しない限り、訴訟代理人に属する。(教会法第1486条2項) - 参照 – ☞ 教会法第1485条 1485条 ☞ 教会法第1486条 1486条 ※この投稿は通訳士の翻訳ワークショップの資料の共有を目的とする。カトリック教会の婚姻法を学ぶために、スペイン語は iuscanonicum.orgのホームページ をご確認ください。日本語はT.オーブォンク著『婚姻に対する司牧 あなたに愛と忠誠を』をご確認の上ワークショップにご参加頂くようお願いしております。 |
Instrucción “DIGNITAS CONNUBII” Fuente en español consultar texto íntegro de la instrucción en la web de la Santa Sede, para el texto el japonés utilizamos la traducción de la Conferencia Episcopal japonesa . Instrucción “DIGNITAS CONNUBII” Art.107 Art. 107 § 1. Si no ha recibido mandato especial, el procurador no puede válidamente renunciar a la acción, a la instancia o a los actos judiciales; ni realizar, en general, ninguno de los actos para los que el derecho exige mandato especial (cf. c. 1485). § 2. Después de la sentencia definitiva, el procurador sigue teniendo derecho y obligación de apelar, mientras el mandante no se oponga (c. 1486 § 2). – Referencias – ☞ c. 1485 C1485 ☞ c. 1486 C1486 ※ Esta publicación está destinada a los participantes de nuestros talleres de traducción y tiene como objeto poner a su disposición el material de trabajo. Para el estudio del Derecho Matrimonial de la Iglesia Católica en español recomendamos se consulte la web iuscanonicum.org. En japonés recomendamos se estudie con el libro “Anata ni ai to chūjitsu o(あなたに愛と忠誠を)” de Tadeusz Oblak, S.J. para una fructífera participación en el presente taller de traducción. |
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